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Curaduría Especial de Segundas Nupcias

Curaduría Especial de Segundas Nupcias

Curaduría Especial de Segundas Nupcias.

La Curaduría Especial de Segundas Nupcias es un proceso legal que permite a una persona casarse nuevamente después de haber enviudado o haber obtenido un divorcio, siempre que tenga hijos menores de edad a su cargo.

Es necesario puntalizar que este tipo de procesos tambien aplica para madres que tengan hijos menores de edad producto de concubinatos o relaciones de Unión de Hecho.

A continuación, se detallan el procedimiento y la base legal para la curaduría de segundas nupcias en Ecuador:

Licencia y/o Autrización para contraer Matrimonio.

Requisitos.

  • Ser mayor de edad: La persona interesada debe tener 18 años o más.
  • Haber enviudado o haber obtenido un divorcio: La persona interesada debe haber enviudado o haber obtenido un divorcio.
  • Presentar la documentación necesaria: La persona interesada debe presentar la documentación necesaria, como el certificado de defunción del cónyuge fallecido o la sentencia de divorcio.

Procedimiento

  • Presentación de la solicitud: La persona interesada debe presentar una solicitud de curaduría de segundas nupcias ante el juez de lo civil.
  • Verificación de los requisitos: El juez de lo civil verificará que la persona interesada cumpla con los requisitos establecidos.
  • Publicación del edicto: El juez de lo civil ordenará la publicación de un edicto en un periódico de circulación nacional o local, según corresponda, durante 3 días consecutivos. El edicto debe contener información sobre la solicitud de curaduría de segundas nupcias y se debe dar la oportunidad a cualquier persona que tenga objeciones a la solicitud de presentarlas.
  • Audiencia: Si no hay objeciones a la solicitud después de la publicación del edicto, se convocará a una audiencia en la que se emitirá la sentencia que autoriza la curaduría de segundas nupcias.

Base Legal

  • Artículo 112 del Código Civil: Este artículo establece que las personas que han enviudado o han obtenido un divorcio pueden volver a casarse después de que ha pasado un tiempo prudencial.
  • Artículo 187 del Código Civil: Este artículo establece que se debe publicar un edicto antes de la realización de cualquier acto judicial para dar la oportunidad a las personas interesadas de presentar objeciones.

Conclusiones

En conclusión, la curaduría de segundas nupcias en Ecuador requiere que la persona interesada sea mayor de edad, haya enviudado o obtenido un divorcio y presente la documentación necesaria. Se debe presentar una solicitud ante el juez de lo civil, se debe publicar un edicto y se convocará a una audiencia en la que se emitirá la sentencia que autoriza la curaduría de segundas nupcias. La base legal para la curaduría de segundas nupcias se encuentra en el Código Civil.

En nuestro Estudio Jurídico Especializado en Derecho de Familia y Divorcios en Ecuador, entendemos la importancia de resolver este tipo de casos a tu favor.

Contáctanos, que nuestro equipo de Abogados está aquí para brindarte asesoramiento y representación legal integral en casos de Curadurías de Segundas Nupcias, Curadurías Especial para Contraer Matrimonio, asi como todo tipo de cuestiones legales en Derecho de Familia.

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